¿Crypto-CADIVI ?
Haciendo seguimiento a la noticia de la promulgación de la la ley del Sistema Integral de Criptoactivos en Venezuela, el pasado jueves 7 de febrero en Gaceta Oficial 41.581 se establecieron nuevas medidas para la regulación del mercado de criptomonedas en Venezuela, y en este caso le tocó a las remesas.
En mi nota «Venezuela de nuevo rompe récord en LocalBitcoins» había mencionado que el gobierno de Nicolás Maduro estaba estudiando muy de cerca las astronómicas cifras de dinero que los usuarios venezolanos están tranzando en LocalBitcoins, por lo que ha promulgado un nuevo decreto donde se establecen todos los procedimientos y requerimientos necesarios para que las personas naturales puedan recibir y enviar remesas en criptomonedas en el territorio venezolano.
En el articulo 9 se hace mención a la potestad que asume la SUNACRIP (Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas), órgano controlador del estado, para cobrar impuestos que podrá variar entre 0,25 euros hasta el 15% del valor final del monto enviado que por cierto también se le impuso un monto máximo de 10 «Petros» y si se excede este limite deberá de solicitar el permiso a la SUNACRIP, como se detalla en el articulo 3.
Articulo 3. El receptor podrá percibir Criptoactivos hasta por un valor equivalente en moneda extranjera a 10 Petros (10 PTS) al mes.
Esta Superintendencia podrá autorizar excepcionalmente un monto superior al que se refiere este articulo previa solicitud motivada del usuario, hasta por un monto maximo equivalente en moneda extranjera a 50 Petros (50 PTS).
Articulo 9. El emisor de la remesa a quien se refiere en esta providencia, se obliga al pago de una comisión financiera a favor de esta Superintendencia, hasta por un monto maximo de quince por ciento (15%) calculados sobre el total de la remesa en Bolivares y un monto minimo equivalente a 0,25 euros por transacción.
Esta nueva regulación pareciese ser un «corta y pega» de la extinta Comisión Nacional de Administración de Divisas (CADIVI) donde el Estado empezó a controlar el flujo de entrada y salida, así como las remesas familiares, de dolares estableciendo limites y parámetros para los usuarios dependiendo de factores como el uso que se la daría a las divisas, limites de las tarjetas de crédito y en caso de viajes el destino del mismo.
Opinión Personal
Personalmente pienso que esta nueva providencia desnuda al gobierno de su desconocimiento en esta materia, es que es ridículo pensar que puedan controlar algo que justamente nació por la necesidad de esquivar los controles gubernamentales y hacer obsoletos a los bancos. Las transacciones en criptomonedas son casi en su totalidad secretas y con esto me refiero a que es prácticamente imposible determinar de donde se hace una operación y donde se recibe por lo que no creo que esto vaya a durar mucho. De igual manera cualquier persona puede minar, cobrar en juegos, «grifos» (faucets) descargar una «wallet» todo esto sin necesidad de estar suscrito a la SUNACRIP por lo que esa obligación de inscribirse allí pasa más por lo moral que por lo practico, las criptomonedas son de acceso libre. Lo único que pudiera hacer el gobierno para controlar algo incontrolable es cortar el acceso a esto, y esto significaría restringir el uso total de Internet, porque bloquear los «exchanges», las wallets electrónicas, las apps para teléfonos, entre muchas cosas es inútil y costoso porque a cada hora nace una nueva manera de acceder a ellas, esta tarea para el gobierno es totalmente imposible salvo esa solución radical.
Esto simplemente lo veo como una manera más de recolectar divisas extranjeras y generar dolares con su venta posterior, ya que obviamente el gobierno pagará en Bolívares Soberanos a la tasa que fije Interbanex ofreciendo una tasa más alta en comparación del cambio paralelo, pero a diferencia de este caso el gobierno no tiene el control de las criptomonedas por lo que cualquier persona con tiempo y dinero puede acceder a ellas sin depender de este.